Día
1: Llegada a Tbilisi
Llegada
al aeropuerto internacional de Tbilisi. Encuentro
con el representante de la compañía.
Traslado y alojamiento en el hotel
de Tbilisi.
Día
2: Tbilisi City tour/Bodbe/Signagi
Desayuno.
Durante el recorrido por la cuidad de Tbilisi veremos los monumentos
históricos y arquitectónicos más importantes de la ciuadad tales
como la
Catedral de
la Santísima Trinidad
(Sameba),
la catedral más grande del Cáucaso,
la Fortaleza de Narikala,
fundada en el siglo IV, los baños de azufre que se encuentran en el
barrio viejo de Tbilisi (Old Tbilisi). Seguimos hacia la región de
vino - Kakheti.
Visita de Signagi,
vieja ciudad comercial con muralla defensiva, situada en la colina
con vistas del valle Alazani y altas cumbres del Cáucaso. Debido a
este pintoresco lugar se llama "la ciudad del amor".
Seguimos hacia el complejo monástico de Bodbe
fundado en el s.IX. Es ahora uno de
los centros de peregrinación de Georgia. Noche en Signagi.
Día
3: Signagi/Mtskheta/Ananuri/Gudauri
Desayuno.
Salida hacia Mtskheta (Patrimonio
de la UNESCO), la antigua capital del Reino georgiano de Iberia y el
centro religioso de Georgia donde Santa Nino convirtió al
cristianismo el país en el año 337. Mtskheta se encuentra en el
cruce de dos ríos y antiguos caminos comerciales. Veremos la
catedral de Svetitskhoveli ("Pilar
que da vida"). La catedral de Svetitskoveli fue construida en el
siglo XI y se convirtió en la cuna del cristianismo en Georgia.
Visitaremos el monasterio de Jvari
(el monasterio de la Santa Cruz) construido en el siglo IV. Una
breve excursión a la fortaleza de Ananuri
(ss. XVI-XVII). Llegada a estación de esquí de Gudauri.
Cena y noche en Gudauri.
Día
4: Gudauri/Kazbegi/Gergeti/Gudauri
Desayuno.
Viaje hacia Kazbegi. Por el camino hacemos algunas paradas, tomaremos
agua mineral, desde una plataforma de observación veremos el lugar
de nacimiento del río Aragvi y las cascadas de Gveleti. Visita (en
Jeep 4x4 WD) de la Iglesia de la
Trinidad (s. XIV), ubicada en lo alto
de las montañas sobre el pueblo de Gergeti y la pequeña ciudad de
Stepantsminda al pie del magnífico glaciar de Kazbegi
(5 033m). Viajes hacia el desfiladero de Darial junto a al frontera
con Rusia. Cena y noche en Gudauri.
Día
5: Gudauri/Gori/Uplistsikhe/Kutaisi
Desayuno.
Viajes hacia Gori
donde nació y vivió 4 años Stalin. Visita de la casa - museo de
Stalin. Seguiremos hacia Uplistsikhe,
antigua ciudad excavada en la roca al este de Georgia en un alto
acantilado rocoso de la orilla izquierda del río Mtkvari. Tiene
varias construcciones datadas desde la Edad
del Hierro hasta la Baja
Edad Media, y destaca por la combinación única de varios
estilos de culturas rupestres. Viaje a Kutaisi.
Por el camino haremos algunas paradas para visitar mercado de
cerámica y de agricultores. Visita de la Academia y el Monasterio de
Gelati (s.XII) y la Catedral de Bagrati (s.XI). Los dos sitios están
en la lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO. Noche
en Kutaisi.
Día
6: Kutaisi/la Cueva de Sataplia/Tbilisi
Desayuno.
Viaje hacia la
Cueva de Sataplia que está rodeada por
las huellas de los
dinosaurios y miradores
trasparentes a muchos metros de altura
con vistas a las montañas y valles. Todo el recinto pertenece a
la Reserva Natural de Sataplia.
Las estalactitas y estalagmitas de la Cueva forman impresionantes
arcos y columnatas. Viaje a Tbilisi. Visita del Mercado
de pulgas en el
Puente seco. Tiempo libre para comprar
recuerdos y regalos. Noche en Tbilisi.
Día7:
Tbilisi/Sadakhlo-Bagratashén (paso fronterizo entre Georgia y
Armenia)/ Haghpat/Sanahín/Diliján
Desayuno.
Nos dirigimos a la frontera entre Georgia y Armenia
(Sadakhlo-Bagratashén).
Después de las formalidades, encuentro con el equipo de Armenia.
Visita del
monasterio de Haghpat
(ss. X-XIII),
obra maestra de la arquitectura religiosa y centro principal de
aprendizaje y del monasterio de Sanahín
(ss. X-XIII),
centro de la cultura donde se enseñaban humanidades, medicina y
otras ciencias con un escritorium de donde salieron muchos
libros. Los dos
monasterios están incluidos en la lista del Patrimonio de la
Humanidad de la UNESCO. Noche en Diliján.
Día
8: Diliján/Sevanavank/Seván/Noratús/el paso de Vardenyats
(Selim)/el caravanserai de Orbelián/Gorís
Desayuno.
Recorrido por la ciudad balnearia de Diliján.
Viaje al lago Seván
(1900 metros sobre el nivel del mar), uno de los mayores lagos de
agua dulce del mundo. Visita del monasterio
de Sevanavank
(año 874). Seguiremos hacia Noratús,
cementerio medieval con khachkars, cruces de piedra que no tienen
análogos en el arte mundial y están en la lista del Patrimonio
cultural inmaterial de la UNESCO.
Seguiremos hacia el paso de
Vardenyats (Selim), a 2.410 metros de
altitud, a través del cual pasaba la Gran Ruta de la Seda y donde se
encuentra el caravanserai de Orbelián
(s. XIV). Noche en Gorís.
Día
9: Gorís/Khndzoresk/Tatev/Carahunge/Jermuk
Desayuno.
Viaje hacia la ciudad cueva de Khndzoresk
con muchas cuevas y formaciones rocosas. Visita del monasterio
de Tatev (ss. IX-XIII), centro
intelectual de la Edad Media. Tendremos la posibilidad de tomar uno
de los teleféricos más largos del mundo (5,7 km). Visitaremos
Carahunge
(Zorats Karer), el observatorio astronómico más antiguo del mundo.
Viaje a la ciudad balnearia de Jermuk. Noche en Jermuk.
Día
10: Jermuk/Noravank/Arení/Khor Virap/Ereván
Desayuno.
Viaje hacia el monasterio de
Noravank
(“Monasterio Nuevo”), centro religioso y cultural del siglo XIII
con la iglesia de la Sagrada Madre de Dios de dos plantas que se
considera la última obra maestra del arquitecto armenio Momik.
Seguiremos hacia el pueblo de Arení,
conocido por la calidad de sus vinos, y vamos a tener la degustación
del vino local en la fábrica de vino “Arení”. Viaje hacia el
monasterio de Khor Virap (ss. IV-XVII).
El monasterio se encuentra al pie del bíblico monte Ararat. Su
historia está estrechamente relacionada con el
primer patriarca armenio San Gregorio el Iluminador que estuvo
encarcelado aquí muchos años en un pozo antes de curar al rey
Tiridates III de una afección mental. En el año 301 el rey proclama
el Cristianismo como religión de estatado de Armenia. El pozo
todavía existe y puede ser visitado. Noche en Ereván.
Día
11: Ereván/Zvartnóts/Hripsimé/Echmiadzín/Ereván City tour
Desayuno.
Salida a Echmiadzín, sede del Patriarca Supremo de Todos los
Armenios. Por el camino veremos las ruinas
de la catedral de Zvartnóts
(s. VII), que junto con el territorio arqueológico a su alrededor
fue declarado Patrimonio Mundial de la UNESCO. Seguiremos hacia la
Iglesia de Santa Hripsimé
(año 618). Visitaremos la catedral de
Echmiadzín (301-303 d.C.). La leyenda
cuenta que Jesucristo mismo mostró la ubicación de la Catedral cuyo
nombre se traduce como “el lugar donde el Único Engendrado
descendió”. Los domingos se puede asistir a la misa de la
Catedral. La Catedral de Echmiadzín y la Iglesia de Santa Hripsimé
están incluidas en la lista del Patrimonio de la Humanidad de la
UNESCO. Regreso a Ereván. Recorrido por la
ciudad de Ereván, cuya historia data del s. VIII a.C. Durante
la excursión veremos la Plaza de la
República rodeada de bellos edificios
emblemáticos, el Teatro de Ópera y
Ballet, la avenida Mariscal Baghramián
con Asamblea Nacional, Palacio Presidencial, misiones diplomáticas,
Academia de Ciencias, la Cascada, que es una escalera que conecta la
parte central de la ciudad con otros barrios, Jardín
de Esculturas Cafesjian.
Visitaremos Matenadarán
– museo, depósito e instituto de investigación científica de
unos 17 000 manuscritos en varios idiomas.
Visita de Tsitsernakaberd,
complejo conmemorativo dedicado a las víctimas del genocidio
armenio del año 1915.
Noche en Ereván.
Día
12: Ereván/Gueghard/Garní/Ereván
Desayuno.
Visita del monasterio
de Gueghard
(“el monasterio de la Lanza”), parcialmente excavado en la
montaña adyacente. Se llama así por la lanza usada para herir el
cuerpo de Cristo en la cruz. Los acantilados que rodean el monasterio
son parte de la garganta del río
Azat, y junto con el monasterio están incluidos en la lista del
Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO.
Seguiremos hacia el
templo de Garní
construido en el siglo I d.C. Es el
único templo pagano conservado en Armenia. El templo fue dedicado al
dios del Sol Mitra.
En una casa local tendremos la oportunidad
de hacer el pan armenio nacional, lavash. La preparación de lavash
armenio fue designada como Patrimonio
Cultural Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO.
Regreso a Ereván. Noche en Ereván.
Día
13: Salida
Desayuno.
Traslado al aeropuerto.
Condiciones de Inscripción
I. CONTRATACIÓN DEL VIAJE COMBINADO
1. Solicitud de reserva
1.
El consumidor que desea contratar un viaje combinado realiza una
. Tras esa solicitud, la agencia se compromete a realizar las
gestiones oportunas para obtener la confirmación de la reserva con
arreglo al número de plazas disponibles y al período para el
que se ha solicitado.
2.
En el momento de la solicitud de la reserva la agencia podrá solicitar
al consumidor el depósito de una suma equivalente, como máximo, al 30%
del precio del viaje cuya reserva solicita. Si se confirma la reserva,
la suma entregada se imputará al precio del viaje. Si el consumidor
retira su solicitud de reserva antes de la confirmación, se le
reintegrará la suma depositada, deducidos, en su caso, los gastos de
gestión que sean justificables.
3. Si el consumidor solicita la
elaboración de un viaje combinado a medida, la agencia podrá exigir el
abono de una cantidad para la confección del proyecto. Si el consumidor
acepta la oferta del viaje combinado elaborada por la agencia, y ésta
puede confirmarle los servicios que comprende,
la suma entregada se
imputará al precio del viaje. Siempre que no pueda confirmarlos, la
agencia deberá devolver las cantidades entregadas por el consumidor.
4.
En todos los supuestos anteriores, si la agencia no pueda ofrecer el
viaje solicitado y ofrece al consumidor la realización de un viaje
análogo u otro distinto, salvo que se indique expresamente lo contrario,
se entenderá que mantiene esa oferta durante 24 horas. En estos casos
el contrato se perfeccionará si el consumidor acepta la oferta dentro de
ese plazo o del que expresamente se haya establecido. 2. Personas con
movilidad reducida
Las personas con movilidad reducida, antes de
proceder a la solicitud de la reserva, deberán poner en conocimiento de
la agencia detallista tal situación, a fin de valorar la posibilidad y
viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con las características del
mismo. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento CE 1107/ 2006, se
entiende como persona de movilidad reducida, toda persona cuya
movilidad para participar en el viaje se halle reducida por motivos de
discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal),
discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de
discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención
adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio
puesto a disposición de los demás participantes en el viaje.
3. Confirmación de la reserva
La
perfección del contrato de viaje combinado se produce con la
confirmación de la reserva. Desde ese instante el contrato de viaje
combinado es de obligado cumplimiento para ambas partes.
4. Pago del precio
1.
En el momento de la perfección del contrato el consumidor deberá abonar
una suma que corresponda al 40% del precio del viaje combinado o, en su
caso, completar hasta ese importe las cantidades que hubiere entregado a
cuenta. Si el consumidor no realiza dicho pago, la agencia le
requerirá para que lo efectúe en el plazo razonablemente breve que le
fije.
2. El pago del resto del precio se efectuará cuando la
agencia ofrezca la entrega al consumidor de los títulos de transporte,
bonos de viaje o cualquier otro documento indispensable para la correcta
ejecución de las prestaciones que forman el viaje combinado. Si el
consumidor no realiza dicho pago, la agencia le requerirá para que lo
efectúe en el plazo que le fije. Si no le fija plazo, se entenderá que
el pago deberá efectuarse a lo más tardar 10 días antes de la salida.
3.
La agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas
para el desistimiento antes de la salida si el consumidor no realiza
cualquiera de los pagos previstos en los apartados anteriores en el
plazo que corresponda.
II. REGLAS APLICABLES A LAS PRESTACIONES DEL VIAJE COMBINADO
5. Prestaciones
1.
Las prestaciones que integran el contrato de viaje combinado resultan
de la información proporcionada al consumidor en el folleto o programa,
así como de las indicaciones relativas a esta información que se hayan
realizado al confirmar la reserva.
2. No obstante, la agencia
organizadora se reserva la posibilidad de modificar la información
contenida en el folleto antes de la perfección del contrato. Para su
validez, los cambios en dicha información se tienen que haber comunicado
claramente por escrito al consumidor.
6. Alojamiento
Salvo que otra cosa se indique en el folleto o se disponga en condiciones particulares:
a)
En relación con aquellos países en los que existe clasificación oficial
de establecimientos hoteleros o de cualquier otro tipo de alojamiento,
el folleto recoge la clasificación turística que se otorga en el
correspondiente país. En aquellos en los que no existe clasificación
oficial, la categoría que se indica en el folleto es simplemente
orientativa. En todo caso, la 30 agencia ha de velar por la mayor
correspondencia entre la calificación utilizada y las expectativas que
ello pueda generar razonablemente en un consumidor español.
b) El
horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas
establecidas en cada país. Por lo general, la habitación puede ocuparse a
partir de las catorce horas del día de llegada y debe desalojarse antes
de las doce horas del día de salida, con independencia de la hora en
que esté
prevista la llegada al hotel o de la hora en que esté prevista la continuación del viaje.
c)
Las habitaciones o camarotes triples o cuádruples son generalmente
habitaciones dobles a las que se añade una o dos camas, que suelen ser
un sofá-cama o un plegatín, excepto en ciertos establecimientos en el
extranjero donde en lugar de camas adicionales se emplean dos camas más
grandes.
7. Transporte
1. El consumidor debe presentarse
en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por la
agencia o, en su defecto, por el folleto. Por regla general en el caso
de transporte aéreo la antelación mínima es de una hora y media sobre el
horario de salida previsto.
2. Si el consumidor no pudiera
realizar el viaje por no haberse presentado con la antelación requerida,
se aplicará el régimen previsto por el apartado 15 para la falta de
presentación a la salida o, en su caso, el previsto en el apartado 13
para el desistimiento del consumidor.
3. La pérdida o daño que
se produzca en relación con el equipaje de mano u otros objetos que el
consumidor lleva consigo y conserva bajo su custodia son de su
exclusiva cuenta y riesgo.
8. Otros servicios
1. Por
regla general, el régimen de pensión completa incluye desayuno
continental, almuerzo, cena y alojamiento. El régimen de media pensión,
salvo que se indique de otro modo, incluye desayuno continental, cena y
alojamiento. Por regla general, dichas comidas no incluyen las bebidas.
2.
Las dietas especiales (vegetarianas o de regímenes especiales) sólo se
garantizan si han sido pactadas por las partes en condiciones
particulares.
III. DERECHOS DE LAS PARTES ANTES DE INICIAR EL VIAJE
9. Modificación del contrato
1.
Si en cualquier momento anterior a la salida el consumidor desea
solicitar cambios referidos a los destinos, a los medios de transporte, a
la duración, al calendario, al itinerario del viaje contratado o a
cualquier otro extremo referido a las prestaciones y a la agencia puede
efectuarlos, ésta podrá exigirle el abono de los gastos adicionales
justificados que hubiese causado dicha modificación así como una prima
por modificación de la reserva que no podrá exceder del 3% del precio
del viaje. 2. Antes de la salida, la agencia sólo puede realizar los
cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje combinado y que
no sean significativos. Se considera que los cambios necesarios son
significativos si impiden la realización de los fines de éste según sus
características generales o especiales.
3. En el supuesto de que
la agencia se vea obligada a realizar cambios significativos lo pondrá
inmediatamente en conocimiento del consumidor. Este podrá optar entre
aceptar la modificación del contrato en la que se precisen las
variaciones las variaciones introducidas y su repercusión en el precio, o
resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar la decisión que
adopte a la agencia dentro de los res días siguientes al que se le
notifique la modificación. Si
el consumidor no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que se opta por la resolución del contrato.
10. Revisión del precio
1.
La agencia sólo podrá revisar el precio, al alza o a la baja, siempre
que dicha revisión se produzca antes de los 20 días, previos a la salida
y que no sea significativa, es decir, superior al 15% del precio del
viaje. Además, dicha revisión sólo se podrá llevar a cabo para ajustar
el importe del precio del viaje a las variaciones:
a) De los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.
b) Del precio de los transportes comprendidos en el viaje, incluido el coste del carburante.
c)
De las tasas e impuestos relativos a determinados servicios, como tasas
de aeropuerto, embarque, desembarque y similares incluidas en el
precio.
2. El precio revisado se determinará tomando como
referencia el contravalor de la moneda del país de destino y los
precios, tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del
folleto. En caso de circuitos que incluyan dos o más países, el tipo de
cambio tomado como referencia es el del
dólar USA en la misma fecha.
3.
Si la revisión del precio supone un aumento superior al 15% del precio
del viaje, la agencia lo pondrá inmediatamente en conocimiento del
consumidor, quien podrá resolver el contrato. El consumidor deberá
comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días
siguientes al que se le notifique la modificación. Si el consumidor no
comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la
resolución del contrato.
11. Derechos del consumidor en caso de resolución
1.
En los supuestos en que el consumidor, de acuerdo con los apartados
anteriores, resuelva el contrato podrá optar entre: a) Que le reembolsen
en el plazo máximo de un mes todas las cantidades pagadas, o b) Que,
siempre que la agencia pueda proponérselo, le ofrezcan otro viaje
combinado de calidad equivalente o superior. Si el viaje ofrecido es de
calidad superior, la agencia no le exigirá suplemento alguno. También
podrá aceptar la realización de un viaje de calidad inferior, pero en
este caso la agencia le deducirá la diferencia de precio.
2. En
ambos casos, el consumidor tiene derecho a reclamar la indemnización
prevista para el supuesto de cancelación del viaje previsto en el
apartado 14 y en sus mismos términos.
12. Cesión de la reserva
1.
El consumidor podrá ceder su reserva a una persona que reúna todas las
condiciones requeridas en el folleto y en el contrato para realizar el
viaje combinado.
2. La cesión deberá ser comunicada por cualquier
medio a la agencia y será gratuita si ésta recibe la comunicación con
una antelación mínima de quince días a la fecha de inicio del viaje. Si
se desea llevar a cabo con posterioridad y la agencia puede aceptarla,
podrá exigir al consumidor una prima por cesión que no excederá del 3%
del precio del viaje.
3. En todo caso, el consumidor y la
persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante la
agencia del pago del resto del precio, así como de los gastos
adicionales justificados que pudiera haber causado la cesión.
13. Derecho de desistimiento del consumidor
1.
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios
solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las
cantidades que hubieran abonado, tanto si se trata del precio total,
como del anticipo, pero deberá indemnizar a la agencia organizadora con
los conceptos que a continuación se detallan:
a) En el caso de
servicios sueltos, la totalidad de los gastos de gestión (30€ por
persona) más los gastos de anulación si se hubieran producido estos
últimos.
b) En el caso de viajes combinados:
I. Los gastos de gestión (30€ por persona) más los gastos de anulación si los hubiere.
II.
Una penalización consistente en: el 5% del total del viaje si el
desistimiento se produce con más de 10 días y menos de 15 de antelación a
la fecha del comienzo del viaje; el 15% del total del viaje si la
cancelación se produce entre 3 y 10 días de antelación y el 25% si la
misma se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.
2. En todos los casos, el consumidor deberá abonar los gastos de gestión y anulación que produzca el desistimiento.
3.
El desistimiento produce efectos desde el momento en que la voluntad de
desistir del consumidor llega al conocimiento de la agencia.
4.
Conocido el desistimiento, la agencia devolverá al consumidor las
cantidades que hubiese abonado en el plazo máximo de un mes, deducidos
los gastos de gestión y, en su caso, los gastos de anulación
justificados y las penalizaciones.
5. Si el viaje combinado
estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación,
tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales u otros
análogos, los gastos de gestión, los gastos de anulación y las
penalizaciones serán los que indique de modo explícito el folleto para
ese viaje o los acordados de modo particular en el documento
contractual.
14. Cancelación del viaje por parte del organizador
1.
La cancelación del viaje, por cualquier motivo que no sea imputable al
consumidor, le da derecho a resolver el contrato con los derechos
previstos en el apartado 11.
2. Si la cancelación del viaje se
comunica dentro de los dos meses anteriores a la salida, la agencia
deberá abonar al consumidor una indemnización en función del tiempo que
falte para la salida, que como mínimo será de:
a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación de más de 15 días y de menos de 2 meses.
b) El 10% del precio del viaje, si se produce con una antelación entre los 15 y 3 días.
c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.
3. No existe obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:
a)
Cuando la cancelación se debe a que el número de personas inscritas es
inferior al exigido en el folleto o en el contrato para el viaje
combinado. En este caso, la agencia debe comunicar por escrito la
cancelación al consumidor antes de la fecha límite fijada en el folleto o
en el contrato. En su defecto, la agencia debe notificar la cancelación
con una antelación mínima de diez días a la fecha de salida.
b)
Cuando la cancelación del viaje se debe a motivos de fuerza mayor. Son
causas de fuerza mayor las circunstancias ajenas a la agencia, anormales
e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a
pesar de haber actuado con la diligencia debida.
15. Falta de presentación a la salida
Existirá
falta de presentación a la salida si el consumidor no comunica su
voluntad de no llevar a cabo el viaje y no se presenta en el tiempo y
lugar previstos para la salida. En este caso, pierde el derecho a la
devolución de las cantidades entregadas y continúa obligado a abonar las
que estuvieran pendientes de pago.
IV. DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES DESPUÉS DE INICIAR EL VIAJE
16. Cumplimiento defectuoso o falta de prestación de servicios
1.
Cuando el consumidor compruebe durante la realización del viaje que
existe algún defecto o se produce la falta de prestación de algún
servicio contratado, deberá comunicarlo en el mismo lugar y lo antes
posible al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del
servicio de que se trate. La comunicación se deberá llevar a cabo por
escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia. Tras recibir
la comunicación, el detallista o el organizador deberán obrar con
diligencia para hallar soluciones adecuadas.
2. Si realiza dicha
comunicación en el tiempo y forma indicados, el documento que la
acredite le exonerará de aportar ulteriores pruebas sobre la existencia
del defecto, salvo que el servicio hayan comprobado en presencia del
consumidor que el defecto no existe o que no reúne las características
indicadas, y así lo hayan hecho constar.
3. Si el consumidor no
realiza dicha comunicación en el tiempo y forma indicados, deberá
probar los defectos que se aleguen de acuerdo con los criterios
generales de prueba y serán de su cuenta todos los daños que se
produzcan o que se agraven por su falta de comunicación.
17. Imposibilidad de prestar una parte importante de los servicios por parte del organizador
1.
La agencia deberá adoptar las soluciones adecuadas para la continuación
del viaje si una vez iniciado el mismo no suministra o comprueba que
no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en
el contrato. Son par te importante de los servicios previstos aquellos
cuya falta de realización impide el normal desarrollo del viaje y
provocan que no sea razonable esperar del consumidor medio de ese tipo
de viaje que lo continúe en esas circunstancias.
2. La agencia no
podrá pedir suplemento alguno por las solu ciones adoptadas para la
continuación del viaje y abonará al consumidor cualquier diferencia
entre las prestaciones previstas y las suministradas.
3. Si el
consumidor acepta expresa o tácitamente las soluciones propuestas por
la agencia no tendrá derecho a indem nización alguna por dichas
modificaciones. Se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas
si continúa el viaje con las soluciones dadas por el organizador.
4.
Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el
consumidor no las aceptase por motivos razonables, la agencia deberá:
a)
Proporcionarle un medio de transporte equivalente al contratado en el
viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos
hayan convenido, si el contrato incluye el viaje de regreso.
b)
Reembolsarle el precio pagado con deducción del importe de las
prestaciones que le haya proporcionado hasta el fin del viaje, excepto
si el defecto que impide la continuación del viaje es imputable al
consumidor.
c) Abonarle la indemnización que en su caso proceda.
18. Desistimiento del consumidor durante el viaje
1.
El consumidor tiene el derecho a desistir del contrato de viaje
combinado una vez comenzado el viaje, pero no podrá reclamar la
devolución de las cantidades entregadas y continuará obligado a abonar
las que estén pendientes de pago.
2. Si el desistimiento obedece
a un accidente o a una enfer medad del consumidor que le impida
continuar el viaje, la agencia está obligada a prestar la necesaria
asistencia y, en su caso, a abonar el importe de la diferencia entre las
pres taciones previstas y las suministradas, deducidos los gastos de
anulación debidamente justificados que correspondan.
3. En ambos
casos, todos los gastos, suplementarios ocasio nados por el
desistimiento, y en particular los de repatriación o traslado al lugar
de origen, son a cargo del consumidor.
19. Deber de colaboración del consumidor al normal desarrollo del viaje
1.
El consumidor deberá atenerse a las indicaciones que le facilite la
agencia para la adecuada ejecución del viaje, así como a las
reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los
servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, en los
viajes en grupo guardará
el debido respeto a los demás participantes y observará una conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.
2.
La infracción grave de estos deberes faculta a la agencia para resolver
el contrato de viaje combinado. En este caso, si el contrato incluye el
viaje de regreso, la agencia propor cionará al consumidor un medio de
transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar
de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido. La agencia
tendrá derecho además a la indemnización que proceda por los daños
imputables a la conducta del consumidor.
V. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO
20. Distribución de la responsabilidad
1.
La agencia organizadora y la agencia detallista respon derán frente al
consumidor del correcto cumplimiento del contrato de viaje combinado en
función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito
respectivo de gestión del viaje combinado.
2. La agencia organizadora y la agencia detallista responden frente al consumidor tanto si ejecutan ellas mismas las pres
taciones comprendidas en el viaje combinado como si las llevan a cabo sus auxiliares u otros prestadores de servicios.
3.
La agencia organizadora, por ser la que planifica el viaje combinado,
responde de los daños causados al consumidor por la no ejecución o
ejecución deficiente de las prestaciones comprendidas en el viaje
combinado así como de los daños que procedan del incumplimiento de
cualquier otra obliga ción que corresponda a su ámbito de gestión de
acuerdo con la legislación aplicable.
4. La agencia detallista,
por ser la que vende u ofrece en venta el viaje combinado propuesto por
una agencia organizadora, responde de los daños causados al consumidor
por los erro res que haya cometido al informarle sobre el viaje
combinado, por haber omitido la información que debía proporcionarle,
por no haberle entregado la documentación necesaria para la correcta
realización del viaje y, en general, por haber incumplido cualquier
otra obligación que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo con la
legislación aplicable.
5. Cuando en el contrato concurran
conjuntamente diferen tes organizadores o detallistas, cualquiera que
sea su clase y las relaciones que existan entre ellos, la
responsabilidad entre organizadores o entre detallistas será solidaria.
21.
Causas de exoneración de responsabilidad La responsabilidad de
organizadores y detallistas cesará cuando concurra alguna de las
circunstancias siguientes:
a) Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno
al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
c)
Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor,
entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca,
anormales e imprevisibles cuyas con secuencias no habrían podido
evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
d)
Que los defectos se deban a un acontecimiento que el deta llista o, en
su caso, el organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia
necesaria, no podía prever, ni superar.
22. Deber del consumidor
de aminorar los daños En todo caso, el consumidor está obligado a tomar
las medidas adecuadas y razonables para intentar reducir los daños que
puedan derivarse de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato o
para evitar que se agraven. Los daños que deriven de no haber adoptado
dichas medidas serán de cuenta del consumidor.
23. Deber de asistencia de la agencia
1.
La agencia organizadora y la agencia detallista, a pesar de estar
exoneradas de responsabilidad, continuarán obliga das a prestar la
necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
2.
No existirá el deber de asistencia previsto en el apartado anterior
cuando los defectos producidos durante la ejecución del contrato sean
atribuibles de modo exclusivo a una conducta intencional o negligente
del consumidor.
24. Limitaciones de responsabilidad de los
convenios internacionalesCuando las prestaciones del contrato de viaje
combinado estén regidas por convenios internacionales, el
resarcimien to de los daños corporales y no corporales que resulten
del incumplimiento o de la mala ejecución de las mismas estará sujeto a
las limitaciones que éstos establezcan.
25. Limitación de responsabilidad por daños no corporales
1. Cuando las prestaciones del viaje combinado no estén regidas por convenios internacionales:
a)
Las indemnizaciones por daños no corporales quedarán limitadas por
todos los conceptos al doble del precio del viaje, incluidos los daños
morales no derivados de un daño corporal y los reembolsos que deban
realizarse.
b) La indemnización de la agencia organizadora por
los daños derivados de pérdida o deterioro del equipaje quedará limitada
a 300€.-
2. No regirán las limitaciones previstas en los dos
apartados anteriores si la agencia o los prestadores de servicios han
provocado intencionadamente los daños o han actuado de modo temerario a
sabiendas de que probablemente se producirían.
26. Información sobre disposiciones aplicables a pasa portes, visados y vacunas
1.
La agencia tiene el deber de informar sobre las formalidades
sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, así como sobre las
condiciones aplicables a los ciudadanos de la Unión Europea en materia
de pasaportes y de visados y responderá de la corrección de la
información que facilite.
2. El consumidor deberá obtener la
documentación necesa ria para realizar el viaje, incluido el pasaporte
y los visados y la referida a las formalidades sanitarias. Todos los
daños que puedan derivarse de la falta de esa documentación serán de su
cuenta, y en particular, los gastos producidos por la interrupción del
viaje y su eventual repatriación.
3. Si la agencia acepta el
encargo del consumidor de tramitar los visados necesarios para alguno de
los destinos previstos en el itinerario, podrá exigir el cobro del
coste del visado así como de los gastos de gestión por los trámites que
deba realizar ante la representación diplomática o consular
correspondiente. En este caso, la agencia responderá de los daños que
le sean imputables de acuerdo con la diligencia normalmente exigible
por los retrasos en la obtención de la do cumentación necesaria o por
falta o insuficiencia de la misma.
27. Responsabilidad por prestaciones no incluidas en el viaje combinado
1.
Las reglas de responsabilidad contractual del viaje combinado no son
aplicables a prestaciones como la realización de excursiones, la
asistencia a eventos deportivos o culturales, las visitas a
exposiciones o museos, u otras análogas, que no se hallan incluidas en
el precio global del viaje combinado y que el consumidor contrata con
carácter facultativo con ocasión del mismo o durante su transcurso. En
estos casos, la agencia deberá indicar al consumidor el carácter
facultativo de la prestación y que no forma parte del viaje combinado.
2.
Si la agencia interviene en la contratación de esas presta ciones
responderá de acuerdo con las reglas específicas del contrato que
realice.
VI. RECLAMACIONES Y ACCIONES DERIVADAS DEL CONTRATO
28. Ley aplicable
Este
contrato de viaje combinado se rige por lo acordado por las partes y
por lo establecido en estas condiciones generales, en las normas
autonómicas vigentes en el lugar de celebración del contrato y, en
defecto de éstas, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo
1/2007, de 30 de Noviembre de 2007.
29. Reclamaciones a la agencia
1.
Sin perjuicio de las acciones legales que le asisten, el consumidor
podrá efectuar por escrito reclamaciones por la no ejecución o la
ejecución deficiente del contrato ante la agencia detallista en el plazo
máximo de 30 días, a contar desde aquel en el que debía finalizar el
viaje.
2. En el plazo máximo de otros 30 días, la agencia
organiza dora o la agencia detallista, en función de las obligaciones
que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje
combinado, deberán responder por escrito las reclamaciones formuladas
dentro de plazo.
3. En esta fase, el consumidor y la agencia
podrán recabar la mediación de la administración competente o de los
organismos que se constituyan al efecto para hallar por sí mismas una
solución del conflicto que sea satisfactoria para ambas partes.
4.
Si el conflicto no puede ser resuelto mediante la reclama ción a la
agencia, el consumidor podrá someterlo a arbitraje de consumo si la
agencia reclamada se hubiese adherido previamente al sistema arbitral de
consumo, o, en todo caso,reclamar vía judicial.
30. Acciones judiciales
1.
Si la controversia no está sometida a arbitraje de consumo, el
consumidor podrá reclamar en vía judicial ante los tribunales del lugar
de celebración del contrato. 2. El consumidor sólo podrá ser demandado
ante los tribuna les del lugar de celebración del contrato.
3.
Las acciones judiciales derivadas del contrato de viaje combinado
prescriben por el transcurso del plazo de dos años, a contar desde el
día en el que debía finalizar el viaje.